Aviso fiscal 2022/06: suspensión de anti
Actualizado el 12 de mayo de 2023
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Este aviso público fue publicado el 24 de octubre de 2022 con efectos a partir del 25 de octubre de 2022.
Este aviso público se publica de conformidad con el artículo 96F (3) del Reglamento sobre medidas correctivas comerciales (dumping y subvenciones) (salida de la UE) de 2019.
Se suspende la aplicación del derecho antidumping aplicado mediante el aviso fiscal 2020/34 (derecho antidumping sobre bicicletas y determinadas piezas de bicicletas originarias de la República Popular China (incluidas bicicletas consignadas desde Camboya, Indonesia, Malasia, Pakistán, Filipinas). , Sri Lanka y Túnez)) (“el derecho antidumping”) importado por Martlet Group Ltd.
La suspensión ha sido recomendada por la Autoridad de Recursos Comerciales (TRA) en virtud del artículo 96E(8)(b). La suspensión solo se aplicará a determinadas piezas de bicicletas (bienes de categoría 2) en el aviso fiscal 2020/34. La suspensión regirá a partir del día siguiente de la publicación del presente aviso.
Los productos de la categoría 1 (descritas como bicicletas procedentes de Camboya, China, Filipinas, Indonesia, Malasia, Pakistán, Sri Lanka y Túnez) todavía están sujetos al derecho antidumping original.
Se puede encontrar más información sobre la investigación en el archivo público de la TRA, que se actualizará a medida que avance el caso.
Se suspende la aplicación del derecho antidumping a:
La suspensión se aplica a las mercancías descritas o importadas bajo un código de producto especificado a continuación. Estos bienes pueden describirse como bienes de categoría 2 (determinadas piezas de bicicletas), tal como se describe en la notificación fiscal 2020/34.
Piezas de bicicletas, en cantidades de 300 o más unidades por mes (por tipo), incluidas:
Este aviso público entra en vigor, y se aplica la suspensión, a partir del 25 de octubre de 2022.